Tengo 65 años, 15 años aportados, que es lo que me estaría dando el estado, si debería estar completando a través de la moratoria para llegar a los 30, ya que la AFJP le daría la jubilación ordinaria.
En realidad sea en estado o en AFJP tiene que completar con los 30 años para cobrar la jubilación ordinaria, la jubilación o lo que corresponda de beneficio. Lógicamente que aquellas personas que no llegan a los 30 años podrán, si estas en una AFJP, hoy por hoy lo que le dan , es al cumplir los 65 años, en base a su capital una renta, pero no es una jubilación. Porque ni siquiera se puede afiliar a una obra social, le vana dar una renta programa o fraccionada de acuerdo al capital obtenido, pero no es una jubilación. Completando los años tanto en un sistema como en el otro le otorgan el beneficio.
domingo, 2 de noviembre de 2008
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